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    Diez distribuidoras de energía no hacen control de calidad

    De 29 empresas distribuidoras de energía eléctrica que operan en el país, diez no cumplen con los requisitos que exigen las autoridades para garantizar la calidad en el suministro.

    Es decir, no poseen las herramientas para supervisar en tiempo real el número de interrupciones del servicio como lo exige la regulación. 

    La conclusión se desprende del último Informe de Calidad de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), el cual establece que en este número de empresas no existe un centro de monitoreo que reporte o registre los cortes en el fluido eléctrico.

    “A partir del informe se procedió al arqueo de comparación para medir esta variable y se estableció que diez empresas no contemplaban en sus procesos y operación un modelo para supervisar las falencias en la prestación del servicio, mucho menos un centro de control físico”, explicó José Fernando Plata Puyana, delegado de Energía y Gas de la Superservicios.

    Las diez empresas identificadas por la citada entidad de control son Electrificadora del Huila, Empresa De Energía de Arauca, Empresa de Energía de Casanare, Empresa de Energía del Bajo Putumayo, Empresa de Energía del Putumayo, Empresa de Energía del Valle de Sibundoy, Empresa de Energía Eléctrica del departamento del Guaviare, Empresa Municipal de Energía Eléctrica, Empresas Municipales de Cartago, y la Empresa de Servicios Públicos de Cartagena del Chairá.

    Para la Superservicios, son compañías que no habían hecho las mínimas inversiones con el fin de trazar una estrategia de supervisión.

    “Al establecer la situación, se abrieron indagaciones preliminares, a lo que cuatro empresas reaccionaron y acordaron adelantar planes de inversión para trazar las políticas de control de calidad, así como para el montaje de centros de vigilancia las 24 horas de los siete días a la semana”, recalcó Plata Puyana.

    Las empresas que se comprometieron con la Superservicios fueron la Empresa de Energía de Casanare, la Empresa de Energía Eléctrica del departamento del Guaviare, las Empresas Municipales de Cartago, y la Empresa de Servicios Públicos de Cartagena del Chairá.

    REQUISITOS DE LA REGULACIÓN

    La Resolución 015 de 2018, que expidió la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), a la que tuvo acceso Portafolio, establece la nueva metodología para pagar la energía a los distribuidores, su nombre técnico es la ‘Nueva metodología Tarifaria’.

    En el texto se establecen unos castigos económicos altos a las empresas que no hayan hecho las inversiones necesarias para medir efectiva y adecuadamente el número de interrupciones en la prestación del servicio.

    La citada norma le indica, además, a las empresas distribuidoras de energía eléctrica, que tienen un plazo de 12 meses para que presenten su marco tarifario. Es decir, que le reporten a la Creg la información para que esta entidad le calcule la tarifa que deben cobrar por infraestructura.

    Pero la gran preocupación de la Superservicios es que seis empresas no se han acercado a la entidad para asumir los respectivos compromisos.

    “Si al cabo de un año no han hecho las requeridas inversiones para medir adecuadamente la interrupción, se van a ver afectadas en sus ingresos y de paso se convierte en un problema a largo plazo”, insistió el funcionario de la Superservicios.

    Los requisitos que establece la citada resolución de la Creg son:vincular los usuarios a transformadores y circuitos; implementar un sistema de gestión de distribución, el cual debe estar compuesto como mínimo de un sistema Scada, un sistema de información geográfica (GIS) y un servicio de atención telefónica a los usuarios para reportar las fallas en la prestación del servicio.

    Asimismo, una telemedición en elementos de corte y maniobra instalados en la cabecera de circuito; permiso al Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC) para tener acceso directo a la base de datos de interrupciones registradas en el sistema de gestión de la distribución de cada operador de red; y un sistema de sedición y procedimientos de registro y reporte del OR certificados.

    “La Creg exige que cuando estas empresas cumplan con todos los requisitos, y los presenten a la entidad, esta es quien al final les da el sello de visto bueno”, precisa Plata Puyana.

    Las empresas distribuidoras de energía eléctrica, para dar cumplimiento con los requisitos del esquema de calidad, establecidos en la citada resolución de la Creg, deben realizar inversiones que se encuentran dentro de un rango de $1.513 millones y $15.411 millones, las cuales dependen de la complejidad que demande el sistema y el número de puntos que deba monitorear.

    ZONAS SIN CONTROL DE CALIDAD

    Las diez empresas enumeradas por la citada entidad de vigilancia atienden al 5% de los suscriptores, del total que están integrados al Sistema Interconectado Nacional (SIN), y que reciben el servicio de energía eléctrica.

    La falta de controles para monitorear la calidad en el flujo de energía afecta a poco más de 635.000 suscriptores, ubicados en 87 cabeceras municipales y cascos urbanos de 14 departamentos del país.

    “En el Putumayo se presenta una situación particular ya que son tres empresas que afectan a 13 municipios, y son el total de cabeceras del departamento, que incluye a la capital Mocoa. Esto ha impedido que la región no se ha beneficiado con economías de escala”, indicó el delegado de la Superservicios.

    También llama la atención que la falta de esta supervisión para establecer el número de cortes, involucra a diez capitales de departamento: Santa Marta, Villavicencio, Neiva, Pasto, Ibagué, Arauca, Mocoa, San José del Guaviare, Popayán y Pereira.

    Y los departamentos, en donde estas empresas distribuidoras registran el mayor número de cabeceras con interrupciones en el servicio de energía son Huila con 23, Casanare con 17, Putumayo con 13 y Arauca con siete.

    En el primero, el caso que más llama la atención, es del municipio de Pitalito, lugar en donde la suspensión del servicio se presenta entre tres a cuatro veces por semana.
    En el 2017, la ventanilla de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR’s) de la Superservicios recibió 34.644 reportes por fallas o suspensión del servicio por parte de algunas de las citadas empresas distribuidoras.

    Fuente: PORTAFOLIO

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