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    Los detalles de cómo usted puede producir y vender electricidad en Colombia

    Germán Castro Ferreira, director ejecutivo de la Creg, explicó para Portafolio.co algunas de las inquietudes que tienen los colombianos sobre la nueva regulación que permite a cualquier persona producir energía y vendérsela al Sistema Interconectado Nacional (SIN).

    El director ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) asegura que la nueva norma se expidió en cumplimiento de la Ley 1715 de 2014, la cual encontró una conveniencia mutua para el arranque de este sistema, que consiste en que el comercializador incumbente (su empresa de energía) adquiera esta energía de los usuarios a los cuales normalmente ha venido sirviendo.

    Castro espera que en una primera etapa los autogeneradores a pequeña escala y generadores distribuidos representen alrededor de 2.000 MW de potencia instalada (es decir, el 4% de la energía consumida en el país).

    DISMINUCIÓN DE TARIFAS

    Esto podría hacer disminuir el precio de la energía eléctrica en el país, ya que “en la medida que bajen los costos de los elementos para generar estas energías alternativas se entiende que habrá mayor competencia y esta crea la posibilidad de bajar costos en el segmento de producción de energía”.

    De acuerdo al director ejecutivo de la Creg, también beneficiará al SIN en tres aspectos. Primero, porque en la medida que exista autogeneración el usuario consumirá menos energía de la red y por tanto pagará menos en su factura; segundo, porque en la medida que existan excedentes, el usuario autogenerador se beneficiará por obtener recursos por venta de la energía en la red, y a su vez, el sistema se beneficiará porque puede ayudar a disminuir pérdidas por transporte de energía. También la presencia de mayor producción de energías alternativas puede mejorar situaciones complejas como las que se presentan cuando el país enfrenta fenómenos como El Niño.

    La entidad define la autogeneración como la actividad realizada por personas naturales o jurídicas que producen energía. En el caso de quienes generan a pequeña escala (Hasta 1 MW), los principales incentivos de la Resolución CREG 030 de 2018 se dan a quienes emplean fuentes no convencionales de energía renovables, tales como la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, la geotérmica y la solar (páneles fotovoltaicos), esta última la más utilizada por los usuarios residenciales.

    MEDIDOR DE DOBLE VÍA

    El representante de la Creg agrega que para ser autogenerador de energía y vendérsela al Sistema Interconectado Nacional (SIN), además de la instalación de sistemas de producción de energía eléctrica, se requiere tener un medidor que cada hora pueda medir la energía en dos direcciones (cuando se consume y cuando se vende energía al sistema) y algunos elementos de protección de las instalaciones.

    Además, estos autogeneradores de energía no se volverán una competencia para las empresas de energía del país (comercializadoras) ya que estas deben comprarla en el mercado mayorista para venderla a los usuarios finales. “Ahora el comercializador comprará pequeñas cantidades mejorando sus procesos de transporte y disminuyendo pérdidas. Es decir, no son competencia y por el contrario los autogeneradores podrán beneficiar el transporte de energía”, añade Castro.

    Castro explica que los precios a los que los autogeneradores podrían vender esa energía tiene tres categorías, entendiéndose que la resolución aplica para usuarios autogeneradores de hasta 1.000 kW.

    Los dos primeros son para aquellos que tengan hasta 100 kW de potencia instalada y utilicen fuentes no convencionales de energía renovable, como son las eólicas, fotovoltaicas, biomasa, entre otras.

    Para estos los precios son: primero, cuando la cantidad de energía que se entrega a la red durante las horas de un período se compensa con los consumos de otras horas en el mismo período, se remunera a un precio aproximado al 90% del costo de cada kilovatio consumido; segundo, cuando la cantidad de energía que se entrega a la red excede los consumos, la diferencia de esa energía se paga, aproximadamente, a un 40% del precio del costo del servicio de energía. Estos valores varían según la ubicación en las distintas regiones del país.

    Y el tercer valor se presenta para los autogeneradores con capacidad instalada mayor a 100 kW y a los que utilicen fuentes distintas a las no convencionales de energía renovable independientemente de su tamaño. El precio de cada kilovatio entregado a la red es aproximadamente el 40% del precio del costo del servicio de energía.

    Fuente: PORTAFOLIO

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