Sin duda, es uno de los temas de moda en el ámbito de las renovables: el impuesto al sol es definitivamente historia en España. Eso da pie para imaginar un futuro promisorio para el sector de la generación distribuida, pero ¿qué pasa con el tema en América latina?
Por supuesto, es muy desparejo en su desarrollo, y en algunos países ni siquiera se ha empezado a desplegar legislación acorde. Aquí repasamos algunos casos que pueden tomarse como los más destacados de la región.
ARGENTINA
Desde finales del año pasado existe la ley 27.424 de "Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública", que habilita a usuarios residenciales y a Pymes para la generación de energía eléctrica de origen renovable "para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red".
Evidentemente todavía por desplegar, vale la pena citar dos situaciones que pueden calificarse como hitos.
Una es la instalación por la compañía eléctrica Edenor dentro de su área de concesión del primer medidor bidireccional a un cliente residencial. Se trata de una prueba piloto de generación distribuida que incluirá a tres clientes. Según informó en su momento la compañía, en el domicilio particular ubicado en la localidad de San Fernando, provincia de Buenos Aires, cercano a la capital del país, funciona un sistema compuesto "por 24 paneles solares, que en conjunto suman 6 kW de potencia nominal".
La otra acción nos traslada al centro de Argentina. En la provincia de Córdoba, en una pequeña localidad de 300 habitantes llamada La Rancherita se autocalifican como comarca ecológica a partir de, entre otras, sus políticas de reciclaje de basura y por desarrollar un sistema fotovoltaico comunitario de 12,8 kW, conectado a la red eléctrica, y por el cual se compensa gran parte de la iluminación eléctrica pública.
BRASIL
En 2012 la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (ANEEL) aprobó varias medidas destinadas a reducir las barreras a la instalación de generación distribuida de pequeño porte, con inclusión de la microgeneración, con un máximo de 100 kW de potencia, y de las minigeneración, de 100 kW a 1 MW.
Desde entonces, y según datos de la Asociación Brasileña de Energía Solar Fotovoltaica (Absolar), se han alcanzado los 300 MW de potencia instalada en esos tipos de sistemas, en locaciones que abarcan residencias, comercios, industrias, productores rurales y edificios públicos.
Tres son los factores citados que justifican el que haya más de 32 mil sistemas solares fotovoltaicos conectados a la red eléctrica: la fuerte reducción de más del 75% en el precio de la energía solar fotovoltaica a lo largo de la última década; el fuerte aumento en las tarifas de energía eléctrica de los consumidores brasileños, presionando el presupuesto de familias y empresas; y el aumento en el protagonismo y la responsabilidad socioambiental de los consumidores, cada vez más dispuestos a ahorrar dinero ayudando al mismo tiempo a la preservación del medio ambiente.
Sin embargo, han encendido las alarmas nuevas disposiciones relacionados con un cambio en el reconocimiento económico que se implementarán a los sistemas a partir del segundo semestre de 2019, aunque no afectarían a los ya vigentes.
Asimismo, desde el sector se recuerda que muchas distribuidoras de energía en el país han creado diversos obstáculos para dificultar el acceso a la generación distribuida, incluyendo exigencias que no coinciden con las normas vigentes.
CHILE
Es actualidad, el pasado mes de octubre, con un voto a favor casi unánime el Senado aprobó el proyecto de modificación de la Ley General de Servicios Eléctricos, por el cual se podrá incrementar de 100 kW a 300 kW la capacidad instalada residencial, entre otras medidas. Entre sus principales contenidos la ley amplía el rango de beneficiarios, no sólo a las personas que posean para su propio consumo equipamiento de generación de energía eléctrica a partir de renovables, sino también a los sistemas comunitarios o de propiedad conjunta.
Pero, tal como se desprende de los datos anteriores, ya la generación distribuida estaba legislada, específicamente desde 2015. Existen varias modalidades de conexión.
Entre ellas destacan los proyectos de tipo net billing, es decir de autoconsumo e inyección del sobrante generado a red, que según datos de la Comisión Nacional de Energía (CNE) de abril de este año superaban las 2.400 instalaciones, con una capacidad total de 15,5 MW.
Mayor peso tienen los llamados Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD), que comercializan energía en el mercado eléctrico además de autoconsumo a mayor escala; de este tipo se sabe que hay más de 150 conexiones que suman un total cercano a los 400 MW.
Por último, es importante destacar el Programa de Techos Solares Públicos, creado en 2015 y que busca instalar 300 sistemas fotovoltaicos en edificios públicos. Sin duda el dato más relevante de este programa es la instalación en noviembre de 2017 de un sistema que aportará 37.200 kW/h anuales desde los mismísimos techos del Palacio de la Moneda, la sede del poder ejecutivo chileno.
COLOMBIA
En marzo pasado se aprobó la Resolución Creg030, que reglamenta el procedimiento que debe seguirse para producir energía y vender el excedente al Sistema Interconectado Nacional. Dicho reglamento especifica potencia para autogeneración a pequeña escala, de hasta 100 kW, y la de sistemas fotovoltaicos y otras tecnologías de una potencia entre 100 kW y 1 MW. Allí, puede leerse en la comunicación de Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), "se define un mecanismo fácil y sencillo para que los usuarios residenciales de todos los estratos, así como los comerciales y pequeños industriales, produzcan energía principalmente para atender sus propias necesidades y puedan vender los excedentes al sistema interconectado".
De acuerdo con el reglamento, "también aplica a las conexiones de los autogeneradores a gran escala mayores a 1 MW y menores o iguales 5 MW", aunque la resolución excluye los "sistemas de suministro de energía de emergencia, existentes o nuevos".
En este contexto, la energética Celsia propone un esquema de negocio a través de un contrato de compra de energía (PPA, por su acrónimo en inglés), que, explican, "permite pagar por los kWh consumidos a un precio competitivo y tarifas estables en el tiempo, o por los kWh que genera el sistema solar fotovoltaico. De esta forma ambas partes aprovechan los excedentes del sistema. Y es Celsia la que asume la instalación, mantenimiento, montaje y operación del servicio". Este modelo ya ha sido contratado por diferentes usuarios, desde un centro comercial, pasando por una universidad, hasta una fábrica de chocolates, por ejemplo.
MÉXICO
Posiblemente, el caso mexicano sea la demostración más potente del desarrollo de la generación distribuida en América latina. En 2014, dentro de la conocida como
Ley de la Industria Eléctrica se estipularon los lineamientos para su desarrollo.
Una parte importante de las políticas que se impulsaron en ese sentido fue la promoción del financiamiento de proyectos de este tipo.
Esto ha llevado a realizar estudios que concluyen que en 2025 los sistemas de generación distribuida alcanzarán los 9 GW, según un trabajo impulsado por la Iniciativa Climática de México (ICM), la Asociación Solar de México (Asolmex) y la Asociación de Bancos de México (ABM). Allí se explica que esa previsión está dada especialmente por la "reducción del precio promedio de mercado de los Sistema Solar Fotovoltaico Interconectado menor a 500 kW" y por un "aumento continuado de los precios de la electricidad para los usuarios no subsidiados".
En concreto, se especifica que si se cumplen todas las tendencias que el mercado fotovoltaico viene demostrando hasta ahora, que se ha multiplicado por nueve en los últimos tres años, se alcanzarán 9.177 MW instalados en azoteas.
PANAMÁ
Según el Plan Energético Nacional 2015-2050, presentado por la Secretaría Nacional de Energía, se estima que para 2050 el 10% de las viviendas del país contarán con generación solar distribuida, en capacidad instalada significaría unos 900 MW.
No son por cierto números especialmente altos, aunque debe tomarse en cuenta que el país tiene en la actualidad 4,1 millones de habitantes. Si se cita aquí es por una polémica que estalló el pasado mayo, cuando la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) dejó caer que planeaba cobrarle a los clientes con paneles solares instalados una tasa por demanda de energía o por uso de la red de distribución (¿debería el lector pensar en el recientemente fenecido impuesto al sol español?).
En términos económicos, según citó en la oportunidad el diario local La Prensa, "un cliente que haya instalado un sistema de 24 paneles solares, que representa una inversión de aproximadamente 7 mil dólares, pagaría hasta 48 dólares por demanda, cuando este cargo no existía antes".
La presión social fue tal, especialmente a través de las redes sociales, que desde ASEP debieron retractarse, aunque no del todo, dejando abierto la posibilidad de "una tasa por uso de la red eléctrica".
Como dato de color, valga tener en cuenta que uno de los operadores eléctricos más importantes de Panamá es, a través de varias filiales, Gas Natural Fenosa, que como se sabe es integrante de Unesa, la Asociación Española de la Industria Eléctrica, precisamente una de las impulsoras intelectuales del "impuesto al sol".
PERÚ
Si bien no está aún vigente, existe un proyecto de Decreto Supremo, es decir, sin necesidad de recorrido parlamentario y pendiente de la firma presidencial para su implementación, que propone la reglamentación para la generación distribuida, un paso necesario para hacer efectiva la ley de medición neta promulgada en 2015, que propone proyectos de hasta 200 kW y esquemas de hasta 10 MW.
Para el primer caso, es trasladar a las instalaciones de hasta 200 kW un diseño de net billing, capaz de permitir la venta a la red de los excedentes de energía no autoconsumida, y pagada a con descuentos en las facturas eléctricas.
Para el segundo caso, entre 200 kW y 10 MW, se plantea, al igual que en Chile, un esquema para Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD).
En general, expertos en el tema energético peruano plantean que, al ser una tecnología en ciernes, sin prácticamente recorrido en el país, deberán ajustarse convenientemente tanto las cuestiones relacionadas con las capacidades técnicas de la red eléctrica para absorber estos nuevos sistemas, como el desarrollo de un esquema de retribución e incentivos de los usuarios.
FUENTE: ENERGÍAS RENOVABLES