Los vehículos eléctricos se han ganado –poco a poco– un espacio en las calles y carreteras de Colombia , pero el país apenas se alista para abrir el camino de su masificación.
Esta semana, el Congreso dio un paso para dicho fin, al aprobar en cuarto y último debate un proyecto que promueve el uso de estos vehículos, al punto que da beneficios tributarios a los compradores y dicta reglas para que haya cargadores en los edificios residenciales y comerciales.
La iniciativa, a la que ahora solo le resta la sanción presidencial, cuenta con 12 artículos, y busca que haya mejores condiciones para quienes adquieran estos productos, “con el fin de contribuir a la movilidad sostenible y a la reducción de emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero”, según los ponentes.
Para Oliverio García, presidente de Andemos, “esto no trae per se una masificación, pero sí prepara al país para una tendencia muy importante que no solo se presenta en Colombia, sino en el mundo, y la ley permitirá que esta pueda desarrollarse de forma correcta”.
Y agregó que Colombia, el año pasado, quedó de número uno en ventas de vehículos eléctricos en la región, pero aún tiene un déficit en la infraestructura necesaria para estos carros y motos.
Por lo anterior, el directivo dijo que “si queremos mantenernos como el número uno en ventas, necesitamos ser líderes en infraestructura y otros aspectos. Esa ley dicta que se deben tener lugares de carga rápida, y da beneficios para parqueaderos que tengan esos puntos. En fin, la ley impulsa y crea el entorno para que la tendencia siga progresando”.
ABECÉ DE BENEFICIOS
Uno de los puntos claves en esta materia tiene que ver con el aspecto tributario, pues hoy en día, cualquier vehículo paga entre 1,5% y 3,5% por impuesto vehicular, y ahora, la tarifa para los carros ambientalmente sostenibles no podrá superar el 1% del valor comercial del vehículo.
Asimismo, los dueños de los carros o motos ‘verdes’ recibirán un descuento en el costo de la revisión técnico - mecánica, que tendrá que ser definido máximo seis meses después de sancionada la ley, por parte de los ministerios de Transporte y Ambiente.
De igual forma, durante un periodo de cinco años a partir de la fecha de expedición de la matrícula, los automotores estarán exentos de medidas como el pico y placa, ‘día sin carro’ o pico y placa ambiental, entre otros.
Las entidades territoriales que lo deseen también podrán crear incentivos adicionales, tales como “descuentos sobre el registro o impuesto vehicular, tarifas diferenciadas de parqueaderos o exenciones tributarias”.
Según Federico Hoyos, coautor del proyecto y actual embajador de Colombia en Canadá, “la aprobación de la ley le da una señal de mucha confianza al sector automotriz, que hoy se concentra en la construcción de vehículos eléctricos, y aunque esto no va a cambiar de un día a otro la situación de calidad del aire de las ciudades, sí es un paso concreto que se da para adelante y envía un mensaje importante a los productores, los ciudadanos y la comunidad internacional”.
Además, dijo que el Gobierno está de acuerdo, ya que este fue uno de los temas que promulgó en campaña el presidente Iván Duque, quien, incluso, fue otro de los autores de la iniciativa, que se radicó en 2017 y hoy está cerca de ser una realidad.
Sobre el posible impacto fiscal que pueda tener, Hoyos indicó que sí existe, pero es marginal. “El proyecto no va a generar sobrecostos adicionales en los ingresos estatales, y el impacto se da en una reducción de impuestos, pero es mínimo su efecto en el fisco”, concluyó.
ABECÉ DE LA LEY
Además de los beneficios mencionados, la que sería ley en menos de un mes contiene otros aspectos claves para el día a día de los colombianos.
Uno de estos tiene que ver con los lugares de parqueo preferencial que tendrán que destinar las entidades públicas y establecimientos comerciales, que deberán disponer al menos 2% del total de plazas a los eléctricos (aplicable solo para municipios de ‘clase’ especial y de primera y segunda categoría).
Asimismo, dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, los municipios de categoría especial (excluyendo a Buenaventura y Tumaco), “podrán garantizar que existan en su territorio, como mínimo cinco estaciones de carga rápida públicas en condiciones funcionales”, cifra que en Bogotá tendrá que ser de 10.
En cualquiera de los casos, las entidades territoriales podrán contratar la construcción y puesta en operación de estas ‘electrolineras’ a través de asociaciones público-privadas (APP), y “la baja oferta de vehículos eléctricos no podrá ser una causal que exima al Gobierno y los municipios de cumplir esta disposición”.
Por último, las autoridades y el Ministerio de Vivienda garantizarán que los edificios de uso residencial y comercial, construidos de forma legal, cuenten con una acometida de electricidad para la carga de vehículos eléctricos, para lo cual los constructores deberán incluir estos lugares de ‘enchufe’ cerca a los parqueaderos de las casas, apartamentos y locales.
FUENTE: PORTAFOLIO