La Superintendencia de Servicios Públicos notificó que esta decisión fortalecerá el Fondo Empresarial y permitirá solucionar problemas como los de Electricaribe. El aumento será de 4 pesos por cada kilovatio hora.
El servicio de electricidad subirá a partir del próximo octubre en los estratos 4, 5 y 6 de todo el país después de una resolución de la Superintendencia de Servicios Públicos. El aumento será de 4 pesos por cada kilovatio hora.
En un comunicado de prensa, la Superintendencia notició que la superintendente Natasha Avendaño García “sancionó resolución que reglamenta el artículo 313 del Plan Nacional Desarrollo por el cual se cobra sobretasa de $4/kWh (kilovatio hora) al servicio de energía a usuarios residenciales de estratos 4, 5 y 6; usuarios comerciales, industriales y no regulados. Los recursos serán destinados al Fondo Empresarial de la superintendencia para apoyar los procesos de intervención de empresas”.
Este baldado de agua fría para los colombianos tendrá como propósito el pago de las obligaciones financieras en las que incurra el Fondo Empresarial para garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica “a cargo de las empresas respecto de las cuales la Superservicios haya ordenado o llegue a ordenar la toma de posesión, por lo que se considera inherente al servicio”.
El dinero es necesario, dijo Avendaño García, para expandir la oferta de los servicios y superar crisis como las de Electricaribe. “Los recursos de la sobretasa fortalecerán la capacidad financiera del Fondo Empresarial de la superintendencia. Podremos apalancar algunos frentes de inversión planteados en los esquemas de solución de empresas intervenidas como Electricaribe y Emcartago, necesarios para normalizar la prestación del servicio de energía a cerca de 10 millones de habitantes en el país”.
La sobretasa aplicará hasta el 31 de diciembre de 2022 y lo recaudarán las empresas prestadoras del servicio. Se estima que los incrementos estarán entre los 800 y los 1.500 pesos mensuales. "La medida de la superintendencia señala que, para conocimiento del usuario, las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica deberán discriminar en la factura el concepto por este cobro. Igualmente, tendrán que girar bimestralmente al Fondo Empresarial de la Superservicios lo recaudado por la sobretasa nacional, y reportarlo al Sistema Único de Información".
FUENTE: SEMANA