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    Colombia, en la onda de las redes inteligentes de energía eléctrica

    El Gobierno Nacional finiquita los detalles para expedir en próximas horas una resolución la cual busca que al 2030 los colombianos deberán tener instalados en sus domicilios un sistema inteligente de medición avanzada para el consumo de energía eléctrica.

    La futura norma, contenida en 31 páginas y a la que tuvo acceso Portafolio, y que será promulgada por el Ministerio de Minas y Energía, con el apoyo técnico de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), establece las condiciones para la implementación de la infraestructura de medición avanzada (AMI por sus siglas en inglés) en el Sistema Interconectado Nacional (SIN).

    “Se determinan los responsables de la instalación, administración, operación, mantenimiento y reposición de la infraestructura de medición avanzada; y se establecen lineamientos con respecto a los requisitos de interoperabilidad, ciberseguridad, manejo, uso y protección de datos que garanticen un adecuado funcionamiento, así como la de los elementos en cuanto a los requisitos y procedimientos para el acceso a la información, el seguimiento de su implementación, y elementos con respecto a cómo se debe llevar a cabo su remuneración”, señala el proyecto de resolución que expedirá la cartera minero energética.

    La infraestructura a la que hace referencia la citada norma, integra un hardware (medidores avanzados, centros de gestión de medida, enrutadores, concentradores, antenas, entre otros), software y redes de comunicaciones que, en conjunto, permiten la operación de la infraestructura y la gestión de los datos del sistema de distribución de energía eléctrica y de los sistemas de medida”, resalta en uno de sus apartes el proyecto de resolución.

    Sin embargo, lo que más llama la atención de la citada iniciativa de resolución es la unidad inteligente, que es un dispositivo que mide y registra datos de uso de energía eléctrica de los usuarios, en intervalos máximos de una hora, con capacidad de almacenar y transmitir dichos datos, por lo menos, con una frecuencia diaria. La información registrada se podrá utilizar, entre otros fines, para la gestión comercial, la planeación y la operación del sistema, y la gestión de pérdidas.

    Así mismo, el proyecto de resolución deja en claro que son los operadores de red (OR), es decir una empresa de servicios públicos domiciliarios, los encargados de instalar los medidores inteligentes de medición, y siempre a solicitud de la cabecera municipal.

    Como condiciones generales, que se establecen para el desarrollo de las AMI, indica que el OR será el encargado de realizar el análisis de eficiencia, sustentando de “manera técnica y rigurosa” los costos, los beneficios y el resultado neto para una zona específica.

    De igual manera subraya, que el usuario es quien toma la decisión de cambiar el medidor tradicional por uno inteligente.

    “En el caso en el que el usuario permita que el OR reemplace el medidor, el usuario no asumirá ningún costo adicional por dicho reemplazo”, precisa la futura resolución.

    Otra de las condiciones, indica que el OR deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y preservación del buen estado de los equipos, así como el de implementar los esquemas de ciberseguridad necesarios para proteger los datos.

    Y deberán garantizar una amplia difusión del programa de reemplazo de equipos de medida a todos los usuarios del SIN.

    El proyecto de resolución, fija entre las condiciones que el GIDI (plataforma virtual para consultar y analizar información del mercado de energía eléctrica en tiempo real) será la fuente principal para que los comercializadores facturen a sus usuarios y los usuarios por el servicio, a la vez que puedan visualizar la información detallada de cada uno de sus consumos.

    Con la resolución, el país entrará en la onda de las redes inteligentes de energía para facilitar la prevención y detección de fraudes.

    FUENTE: EL PAÍS

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