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    Por no consultar a comunidades wayúu, Procuraduría pide frenar proyecto eólico

    De manera silenciosa La Guajira se ha ido transformando en la primera potencia de energía eólica de Colombia. En esa región podrían funcionar de aquí al 2031, al menos, 65 parques eólicos, según una investigación adelantada por Camilo González Posso, presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz) y Joanna Barney, magíster en paz y resolución de conflictos.

    Producto de la instalación de más de 2.600 aerogeneradores de energía que se produciría en la alta y media Guajira, más de 600 comunidades étnicas sufrirían impactos sociales, medioambientales, culturales y económicos, pues estas estructuras se ubicarían en el 98 por ciento del territorio wayúu (90.000 hectáreas), según ese estudio.

    Para 2022 se espera que comiencen a operar los primeros nueve proyectos, que generarán 1.139 megavatios de energía. Para que sean funcionales se requiere de una red de transmisión, que ya está construyendo el Grupo de Energía de Bogotá (GEB) y sobre la cual, precisamente, ha habido reparos por parte de Indepaz y las comunidades indígenas por no haber sido consultadas ni informadas clara y previamente antes de su ejecución.

    En consecuencia, la Procuraduría General de la Nación solicitó al Ministerio de Minas y Energía y a la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme), que se encargó de adjudicar a la GEB el Proyecto Subestación Colectora 500 kV y las Líneas de Transmisión Colectora–Cuestecitas y Cuestecitas–La Loma 500 kV UPME 06 – 2017, la suspensión de la ejecución de la Línea de Transmisión Asociada a la Conexión Cuestecitas- Colectora 1 a 500 kV, en La Guajira, por considerar que se vulneraron los derechos de las comunidades wayúu y tribales.

    Según el ente de control, esta medida deberá mantenerse hasta que no se agote el procedimiento de consulta previa y obtención del consentimiento libre, previo e informado de las comunidades étnicas que se encuentran dentro del área de influencia.

    La Procuraduría pidió, además, al Ministerio de Ambiente que adopte las medidas necesarias para "la inaplicación de la Resolución 1312/16 que establece los términos de referencia para elaboración del estudio de impacto ambiental requerido para el trámite de la licencia ambiental de proyectos de uso de fuentes de energía eólica continental, por violación de normas convencionales y constitucionales sobre la consulta previa a las comunidades indígenas y tribales".

    A la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y a la Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira), el Ministerio Público les solicitó también adoptar las medidas pertinentes para "la inaplicación o suspensión de las licencias ambientales y demás actos administrativos en relación con el diseño, construcción y operación comercial de parque eólicos, dictados como consecuencia directa de los diferentes Planes de Expansión de Referencia Generación- Transmisión elaborados por la Upme y adoptados por el Ministerio de Minas y Energía, desde 2015, en adelante, por violación de normas convencionales y constitucionales sobre la consulta previa a las comunidades indígenas y tribales".

    Adicionalmente, el ente de control le requirió a las entidades involucradas en el proceso a suspender las consultas previas que se están desarrollando, como trámite previo a la expedición u otorgamiento de las licencias ambientales, a que hubiere lugar, en relación con el diseño, construcción y operación comercial de parques eólicos en el departamento de la Guajira, así como a que se abstengan de expedir las que estén en trámite, siempre que tengan una inescindible relación con los planes de expansión elaborados por la Upme y adoptados por el Ministerio de Minas, desde 2015 en adelante.

    El Ministerio Público instó a Corpoguajira a comenzar un proceso administrativo para determinar si en el otorgamiento de licencias ambientales existió fraccionamiento artificial de la capacidad instalada de estos proyectos, en aras de que la competencia correspondiera a esa autoridad ambiental y no a la Anla. "De ser afirmativo, proceda en el marco de sus competencias a establecer las consecuencias de tal infracción", indicó la Procuraduría.

    Al Ministerio del Interior, por su parte, le solicitó construir de forma participativa con las comunidades, los inversionistas, las autoridades territoriales y los propios entes de control, una guía metodológica obligatoria o un acuerdo de consulta previa macro en relación a proyectos de parques eólicos en esa región del país. 

    "Lo que hizo la Procuraduría fue reafirmar los mandatos constitucionales y legales cuando se trata de grandes inversiones en territorios de propiedad privada colectiva y ordena que se haga la consulta para lograr se haga una concertación, consentimiento, acuerdo o negociación. No es una consulta para ver qué piensan", dijo Camilo González Posso, presidente de Indepaz.

    Para él, esta decisión recuerda el derecho de propiedad con el objetivo de que se cumplan con unos requisitos.

    "Nosotros hace tres años hicimos una alerta donde les dijimos a las autoridades, al gobierno y las empresas que por favor hicieran las cosas bien hechas, pero dejaron correr el tiempo y continuaron los procesos porque pensaron que podían pasar de agache, y ahora le quieren echar la culpa a la pandemia y no, este es una situación advertida hace varios años que, por fortuna, ya tuvo eco en los entes de control", puntualizó.

    FUENTE: SEMANA

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